¿Qué es la plusvalía municipal y cuánto debo pagar?

En 2021 entró una nueva normativa de regulación de la plusvalía municipal que ha supuesto una serie de diferencias a la hora de pagar por vender o heredar una vivienda. Hacemos un repaso decuándo se debe de pagar de plusvalía municipal y en qué se está exento, ya que es un tributo especial de los ayuntamientos.

Aspectos clave:

  • La plusvalía municipal es el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en Granada.
  • Están obligados a pagar la plusvalía vendedores, herederos, y receptores de donaciones de terrenos urbanos.
  • Existen exenciones para ciertos tipos de terrenos que es interesante conocer.
  • Recomendamos fraccionar el pago, evaluar las modalidades de cálculo en terrenos con construcción y posponer transmisiones de inmuebles sin incremento de valor.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es un impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Es un impuesto local que grava el incremento del valor que tienen los terrenos cuando se transmiten entre personas físicas o jurídicas.

Por transmisión, entendemos venta, herencia, donación o cualquier otro tipo.

Este impuesto se calcula sobre la diferencia entre el valor de venta actual de un terreno y lo que costó comprarlo inicialmente. Cuanto mayor sea esa diferencia, más se pagará de plusvalía.

¿Quién está obligado a pagar plusvalía municipal en Granada?

En Granada, están obligados a pagar la plusvalía municipal:

  • El vendedor de un terreno urbano
  • Los herederos que reciben terrenos de naturaleza urbana
  • Los receptores de donaciones de terrenos urbanos
  • Las personas físicas o jurídicas que venden o donan terrenos urbanos a cambio de dinero u otra compensación

¿Quién no tendría que pagar la plusvalía municipal en Granada?

Estarán exentos de pagar la plusvalía municipal en Granada:

  • Terrenos que están dentro de planes urbanísticos
  • Terrenos de las administraciones públicas
  • Las transmisiones de terrenos rústicos

¿Cuánto se paga de plusvalía municipal por la venta de un piso?

En una compraventa, el vendedor de un inmueble es el encargado de abonar la plusvalía municipal en el ayuntamiento, y tendrá un plazo de 30 días desde la fecha de la firma de la compraventa.

Tras la nueva normativa de la plusvalía del Real Decreto-ley 23/2021 se ha modificado el cálculo de la tasa disponiendo de dos mecanismos:

  • Método objetivo. En este método se tendrá en cuenta el valor catastral del terreno. Es más parecido al método anterior a la normativa.
  • Método real. Se consideran tanto el valor de adquisición como el de transmisión de los documentos correspondientes, a menos que la adquisición o la transmisión provenga de una herencia. En este último caso, se tendrá en cuenta el valor declarado a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Desde OSADIA, como Asesoría Inmobiliaria de Granada, hemos hecho un repaso de cuándo se debe de pagar de plusvalía municipal (IIVTNU) y en qué se está exento, ya que es un tributo especial de los ayuntamientos.

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